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En el Lugar deSan Vizente
decoeo jurisdicion dela ciudad deLugo a veinteycinco dias del
mes deabril desetecientos y veinte y ttres años Ante miescrivano
Yttestigos parescieron ambas partes: delaVna Diego Lopez de Castro y
Neira, Yel Lizdo Dn Benito Lopez de neira presvitero su hijo,
vezinos del Lugar y feligresia de Santiago de es pasande
Jurisdicion delapuebla de aday; Ydela otra Domingo daVila,
eynes sanchez su muger vezinos deste dicho Lugar, Yprecedida
la lizençia queserrequiere demarido alamuger, Ydelrreferido
padre Alhijo, pedida concedida yazetada de cuia daçion
yacetaçion, Yo elescribano doy fee YdellaUsando todas partes
dijeron, que por quanto Alserviçio de Dios nuestro Señor
YdesuVendita madre sehallatratado, Yconcertado elque Maria
sanchez hija lexitima dedicho Domingo daVila, eynes sanchez
sumuger; seaian decasar yVelar ynfaçiae Eclesiae conAntonio
Lopez deneira hijo lexitimo dedicho Diego Lopezdeneira, Y
Dominga fernandez sumuger; y para que el matrimonio surta
efeto entre ellos y tengan Vienes suios conquesustentarse
Yalos hijos queDios lesdiere, el dicho Diego Lopezdeneira
primeramente asuhijo laVendicionde Dios Ylasuia, yatendiendo
aque ia antes deatras lehizo escriptura dedote ymejora
aunnieto para casarse con Josepha gonzalez, conquienlo estubo
Yse fallesçió sindejarhijos nierederos, Y por esto aver bacado
y fenezido laobligazión dela escriptura dotal, ymejoradenieto
por no leaver quedado ningun hijo ni hija delasuio dicha
portanto paso, aofrecer ydotar, Ydota y promete adicho Antonio
Lopez suhijo lacasaria lugar, YVienes rrayces llamado dacuba
enqueVivieron encolonia, Juando fato, YAndres gonzalez
dehordendel otorgante pagandole larrenta, consuera cortiña
eredades bravas Ymansas prados chousos y arboledas ledan y no
dan fruto, Ymas haello anejo por queseconpone contodas sus
servidumbres Yllevara lo que se labra acada oja honze fanegas
dezenteno en sembradura conmas ledota quarenta y quatro
castañales, con el sitio y territorio dondeestan plantandos
estos afuera delos de dicho lugar los ocho dellos por ynferir,
Ylos demas ynfiridos YestanVnos diezdellos aporcal, otros diez
enel sitio do forno, doze enelsitio deVillanoua douteiro
feligresia deSanta Maria do monte otro no Valado dopruido,
otrossiete en las entradas y salidas dedicho lugar aquidotado=
masleda y promete el prado llamado desuliñar cerrado desobresí
conel agua que le corresponde mas el leiro do comaro en el
agra daVeiga deVna fanega en sembradura, digo fanega y media;
otro leiro de cortiña sito apereira blanca deVnferrado detrigo
ensenbradura, otro leiro de Vnferrado en senbradura enla
cortiña y aira deJunto adichacasa; mas la chousa do dicen
opruido consuagua derriega, quelecorresponde, Ycon los
castañales dedentro segunqueatodos los dichos Vienes Ycasa
sehallansitos en los terminos de la feligresia de espasande,
Yalgunos.. en Santa Maria domonte, Yselos avia dotado por
dicha escriptura excepto algunos- Algunos que le añade
Ydequeyasehalla poseedor el dicho suhijo porVirtud del citado
casamiento Yescriptura, labrandolos, YViviendola casa
conganados, Ydichos muebles, que tiene yel adquirió,
Ydeclaraque dichacasa lugar y Vienes raices aqui dotados son
suios propios Ynosujetos aVinculo ni mejora niotra sujecion
Yquelos que aydemejora desupadre quedan aparte al otorgante Y
como tales suios propios losaqui dotados los daadichosuhijo,
Ydelloslehacegracia y donacion buena pura mera perfecta
eyrrevocable para siempre jamas porlorreferido,
Yenrremuneracion de los buenos serviçios que le hiço Ysolo
lecarga sobre dichos Vienes tres fanegas de panderreta que
dicho suhijo Ysus subçesores en ellos handepagar encada Vnaño
a Bernarda [fs] suhija, muger del Domingo Lopez Vezino de
paradela yalos suios, Yencaso queescedandesuslexitimas
desdeluego semejora adicho Antonio Lopez suhijo, enel tercio y
quinto de todos susVienes libres y adquiridos asimuebles
comorraizes presentes yfuturos admas de sulexitima, laqual
leseñalala dicha mejora en los quelevandonados para que
enellos sesatisfaga= Yalsaneamiento de ellos Yinseguro; sujeta
eldicho Lizdo Dn Benito Lopez deneira suhijo del otorgante
Yhermano delcontraiente, suslegitimas deVienes muebles YRaices
futuras de dichos sus padres conclausula evitante
denonalienando enperjuicio desta escriptura Yenesta
conformidad se entienda laotorgada antes por dicho Diego Lopez
que sujeta a esta para quese entienda Vnacosa; Ylos dichos
Domingo daVila, y sumuger anbos demancomunion dotan y prometen
adicha suhija, Maria sanchez, suhija la Vendicion de Dios Yla
suia, Ylos Vienes siguientes Primeramente quatro fanegas de
panderreta cobraderas con sus derechos de propiedad
porqueselaspaga y deve pagar encadaVnaño Domingo dapenela
Vezino del lugar do plaçer por el lugar y casaria enqueVive; Y
[?]... quele entregaranlos titulos de pertenencia quetuvieren=
con mas mill Ysiscientos Reales deVellon por unaVezpagos= mas
treinta cavezas deganado menor, Ysietedeganado maior=masdos
camas derropa contres tablas de manteles, tres sirvilletas;
tresvistidos desu persona, losdos deguarda, Yel otro decada
dia conforme asucalidad= doze fanegasdepan ensaco; Vnpar
detozinos consu Vnto; todoloqual ledotan yprometen porquenta
Yen pago, Ysatisfaçion desus lexitimas paterna Ymaterna,
presentes y futuras; Yselo entregaran dentro del año del
casamiento pena de execuçión ycostas oloque aia lugar,
Ysaliendole ynciertas las dichas quatro fanegas ... ... ...
asucontento, Ytodas partes juraron en forma de derecho de que
doy fee segunsuestado denolarrevocar esta escriptura enmanera
Alguna, Ysilo hicierenoyntentaren no Valga, antes por esecaso
sea esta firme, Yseapartan Yalos demas sushijos Yerederos
detodo el derecho de posesion ypropiedad Vtidominio
Yotroqualquiera queavian Ytenian aloqueaquide Vienes raizes
llevan dotado loqualzedera renunçian Ytraspasan enlos
contraientes Ylossuios conderechos yaçiones, Yles danpoder
cumplido, para que por su autoridado de Justicia como les
pareziere, efectuado el matrimonio puedandellotomar y aprender
latenenzia y posesion dello, Yenel Ynterín seconstituien por
sus ynquilinos Yprecarios poseedores ensunombre,
Yensenaldeposesión, YVerdadera tradiçión le entregaron esta
escriptura original queVol... ... demi escribano para regi..
de que doy fee- Los cuales dichos contraientes estando
presentes la açetaron para cumplir consutenor Yavez de casarse
el Vno conelotro midiante hallarse en Visperadello Yaver
antedeaora contraido esponsales de futuro Yestar publicadas
las amonestaziones Yttodas partes cadaunaporlo queletoca Yba
obligado dijeron quedavan Ydieron todo supoder cumplido alos
juezes, Y Justiçias desumagestad seglares desufuero
Jurisdiçion Y domicilio paraqueselo hagan cumplir estar y
pasar porello como por sentenzia difinitiva dada por
Juezconpetente pasadaenautoridad de cosajuzgada
porellosconsentidayno apelada sobre querrenunciaron todas leis
de sufavor con la gracia Yderechos della conforma, Yla dicha
Ynes Sanchez renuncio elausilio y leis, del Veliano senatus
consultus leis detoro Madrid, y partida, nuebas constituçiones,
Yttodaslasdemas leis fueros y derechos queablan
enfavordelasmugeres delas qualesysuefecto fue avisada depor mi
escribano que si las rrenunçiava dellasnosepodia aprovechar,
Ysinenbargo las rrenuncio yseaparto delrremedio dellas
dequedoy fee, Ydevajodelmesmo juramento declaraba otorga
desulibreVoluntad Yasideste juramento notiene pedido nipidira
absolución nirrelasxacion aquiensela pueda conzeder Ysila
pidieren oles fuere conzedida dellano Vsaran pena de perjuro
Ydecaer encaso de menos Valer, Ytanta ... YVno mas para q
[ilegible]... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
... ... de penis disolucionibus ... ... ... las necesarias
para su maior firmeza antemi escribano Yttestigos que ...
presentes Dn Alexandro de paramo Yneira dueño YVezino del
cotto de fondo deVila, Domingo do canpo, Y Pedro daVila,
Vezinos deste dicho lugar eyo escribano quedello doy fee Yque
conozco los otorgantes Yacetantes firmaronlosque supieron Ypor
losqueno Vno de los dichos testigos asuruego= Diego Lopez
decastro= Dn Benito de neira= Antonio de neira= como testigo
Ya ruego de las partes que no supieron firmar= Dn Alexandro de
paramo Yneira ante mi Antonio Arias= EnreRg[?]=[ilegible] ...
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